El presente Reglamento Especial tiene por objeto regular el servicio de investigación criminal así como la organización, funcionamiento y régimen jurídico al que habrá de ajustar su actuación la Agencia Técnica de Investigación Criminal, con fundamento en las normas, principios y valores establecidos en la Constitución de la República y demás leyes vigentes de nuestro país.
La Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC) es la dependencia especializada del Ministerio Publico, dedicada a la investigación y persecución de los delitos graves y de fuerte impacto social. Sus investigaciones deberán ser realizadas de manera profesional y científica bajo la dirección técnica jurídica de los Fiscales del Ministerio Público; y su personal estará en todo momento y sin excepción sometido a un régimen jerárquico y disciplinario estricto.
La ATIC, actuará siempre bajo la estricta observancia de la normativa Constitucional, sustantiva y procesal, según la materia investigada, en la averiguación de aquellos delitos señalados taxativamente en el artículo 184 del Código Procesal Penal, que se cometan en el territorio nacional y demás lugares sujetos a la jurisdicción de Honduras. En ese sentido, sus actuaciones investigativas no solo se limitarán a las ya practicadas en la investigación previa de los delitos mencionados, sino que también abarcará aquellos actos de investigación, recolección, transporte y custodia de evidencias que resulten imprescindibles ejecutar en las diversas etapas de los procedimientos procesales ordinario y expedito, con la finalidad de asegurar y eficientar la persecución y juzgamiento de los imputados sometidos a juicio penal.
Las menciones que en lo sucesivo se hagan de las expresiones “Ley” o “Ley orgánica” se entenderán referidas al Decreto 228-93 que contiene la Ley del Ministerio Público.
Las menciones a las palabras, “Institución”, “Fiscalía” o “Fiscalía de Honduras”, se entenderán referidas al Ministerio Público.
Asimismo toda mención a las palabras “ATIC” y “Agencia”, se entenderán referidas a “La Agencia Técnica de Investigación Criminal”.
