Decreto Ejecutivo PCM-018-2020
Decreto Ejecutivo PCM-018-2020
EDICIONES RAMSÉS

Artículo 1.Instruir a la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, que proceda con la suspensión de clases en todo el territorio nacional, en el Sistema Educativo Gubernamental y No Gubernamental, incluyendo los niveles de: Educación Prebásica, básica y media, por un plazo de catorce (14) días, los cuales deben ser efectivos a partir del trece (13) de marzo del presente año, pudiendo ser prorrogado por el titular de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación. Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, el personal siguiente: Directores, Docentes y personal administrativo, deben presentarse a Centros Educativos, al momento en que sus autoridades lo requieran.

Artículo 2.Instruir a la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, a cancelar todo evento y espectáculo público, por un periodo de catorce (14) días, efectivo a partir de la vigencia del presente Decreto Ejecutivo. En el caso de las Iglesias, queda a su disposición, la suspensión de sus actividades. En ese sentido se les insta a adoptar las medidas de prevención y control contra el coronavirus (COVID-19) y la comunicación de las mismas, así como la distribución a la población de productos sanitizantes que contribuyan a la prevención de la propagación de este virus.

Artículo 3.Instruir al Instituto Nacional de Migración, a restringir el ingreso de ciudadanos extranjeros provenientes de países con un alto porcentaje de incidencia en la propagación y afección del coronavirus (COVID-19). La lista de dichos países debe ser dada a conocer por el Instituto Nacional de Migración, de acuerdo a la información proporcionada por las autoridades competentes. En consecuencia, todas las personas que ingresen al país a partir de la vigencia del presente Decreto Ejecutivo, deben someterse a las medidas de prevención implementadas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud.

Artículo 4.Se instruye a las autoridades competentes, para que dentro del período de catorce (14) días, contados a partir de la vigencia del presente Decreto Ejecutivo, permitan en los puertos marítimos el atraco de embarcaciones de pasajeros para el reabastecimiento de combustibles, alimentos y otros insumos, sin embargo, se prohíbe el desembarco de sus pasajero en los puertos nacionales.

Artículo 5.Se instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas de Honduras, proceda a reforzar la vigilancia y seguridad, en los puntos fronterizos terrestres regulares e irregulares.

Artículo 6.El presente Decreto Ejecutivo debe entrar en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.

Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., en el departamento de Francisco Morazán, a los trece (13) días del mes de marzo del dos mil veinte (2020).

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.

Juan Orlando Hernández Alvarado

Presidente Constitucional de la República

 

Martha Vicenta Doblado Andara

Secretaria de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno, Por Ley

 

Ebal Jair Díaz Lupian

Secretario de Estado en el Despacho de la Presidencia

 

Héctor Leonel Ayala Alvarenga

Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización

 

Lisandro Rosales Banegas

Secretario de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional

 

Reinaldo Antonio Sánchez Rivera

Secretario de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social

 

María Antonia Rivera

Secretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico

 

Roberto Antonio Pineda Rodríguez

Secretario de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos

 

Julián Pacheco Tinoco

Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad Nacional

 

Fredy Santiago Díaz Zelaya

Secretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional

 

Alba Consuelo Flores

Secretaria de Estado en el Despacho de Salud

 

Arnaldo Bueso Hernández

Secretario de Estado en el Despacho de Educación

 

 

Carlos Alberto Madero Erazo

Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social

 

Mauricio Guevara Pinto

Secretario de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería

 

Elvis Yovanni Rodas Flores

Secretario de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente

 

Roció Izabel Tabora Morales

Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas

 

Karla Eugenia Cueva Aguilar

Secretaria de Estado en el Despacho de Derechos Humanos

 

Roberto Antonio Ordoñez Wolfovich

Secretario de Estado en el Despacho de Energía

 

Nicole Marrder Aguilar

Secretaria de Estado en el Despacho de Turismo

 

Nelsón Javier Márquez Euceda

Secretario de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS)

 

Gabriel Alfredo Rubí Paredes

Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales

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